Caso práctico · Acceso al Mercado

Caso práctico 1F01002: Una sociedad limitada dispone de autorización de transporte público de mercancías que

Enunciado

Una sociedad limitada dispone de autorización de transporte público de mercancías que habilita para realizar transporte con vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada y cuenta con cuatro vehículos para el desarrollo de su actividad. Con ocasión de la inspección de uno de sus vehículos en un control de carretera, se detecta una manipulación del limitador de velocidad con la finalidad de modificar sus mediciones. Como consecuencia de ello, se incoa expediente sancionador que finaliza con la imposición de una sanción por manipulación del limitador de velocidad, en aplicación del artículo 140.10 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Podría ser causa de pérdida de la honorabilidad la sanción mencionada? ¿Afectaría, en su caso, dicha pérdida al gestor de transporte?

  1. A A) No, una única sanción no produce la pérdida de la honorabilidad; siempre debe existir reiteración infractora. B) No, pues el responsable de esta infracción es el taller que efectuó la manipulación.
  2. B A) Sí, se trata de una de las infracciones que, por sí sola, puede conllevar la pérdida de la honorabilidad. B) No, pues el responsable de esta infracción es el titular de la autorización.
  3. C A) Sí, se trata de una de las infracciones que, por sí sola, puede conllevar la pérdida de la honorabilidad. B) Sí, pues es una infracción que afecta al ámbito de sus funciones. ✓
  4. D A) Sí, se trata de una de las infracciones que, por sí sola, puede conllevar la pérdida de la honorabilidad. B) No, pues el responsable de esta infracción es el taller que efectuó la manipulación.
  5. E A) Sí, se trata de una de las infracciones que, por sí sola, puede conllevar la pérdida de la honorabilidad. B) No, pues el responsable de esta infracción es el conductor del vehículo.
  6. F A) No, una única sanción no produce la pérdida de la honorabilidad, siempre debe existir reiteración infractora. B) No, pues el responsable de esta infracción es el conductor del vehículo.
  7. G A) No, una única sanción no produce la pérdida de la honorabilidad, siempre debe existir reiteración infractora. B) No, pues el responsable de esta infracción es el titular de la autorización.
  8. H A) No, una única sanción no produce la pérdida de la honorabilidad, siempre debe existir reiteración infractora. B) Sí, pues es una infracción que afecta al ámbito de sus funciones.

Respuesta correcta: C

A) Sí, se trata de una de las infracciones que, por sí sola, puede conllevar la pérdida de la honorabilidad. B) Sí, pues es una infracción que afecta al ámbito de sus funciones.

Por qué

A) Sí: manipular el limitador de velocidad es una de las infracciones del apartado A, que basta por sí sola. B) Sí, también alcanza al gestor de transporte, porque el estado de los instrumentos de control entra en el ámbito de sus funciones. Que el taller o el conductor participen no desplaza su responsabilidad.

Normativa: RD 1211/1990, art. 112; RD 1211/1990, art. 116; RD 1211/1990, Anexo I

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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