Caso práctico · Acceso al Mercado
Caso práctico 1F01007: D. Juan de la Rocha, que estaba contratado por una empresa de transporte público de
Enunciado
D. Juan de la Rocha, que estaba contratado por una empresa de transporte público de mercancías por carretera para desempeñar en ella la función de gestor de transporte, es declarado en situación de incapacidad permanente absoluta a consecuencia de una enfermedad, por lo que se ve obligado a dejar de trabajar. El propietario de la empresa, que no tiene certificado de competencia profesional, aun siendo consciente de que la normativa lo obliga a contar con una persona que ejerza la función de gestor de transporte, decide no contratar de momento a nadie, en la confianza de que uno de sus hijos obtendrá el certificado de competencia profesional en las pruebas que se van a celebrar próximamente y podrá pasar a cubrir estas funciones. Al mes de haber causado baja definitiva el Sr. de la Rocha, la Administración comprueba que la empresa no cuenta con gestor de transporte. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Puede permitir la Administración que la empresa siga funcionando sin disponer de gestor de transporte? ¿Qué actuación debe realizar el empresario en relación con esta situación?
- A A) Sí, durante un plazo de tres meses. B) Justificarla documentalmente. ✓
- B A) Sí, durante un plazo de seis meses. B) Justificarla documentalmente.
- C A) No, deberá suspender la autorización de transporte en cuanto tenga conocimiento de la falta de gestor. B) Contratar a un trabajador que pueda desempeñar la función de gestor de transporte.
- D A) No, deberá conceder un plazo de diez días para que se subsane la falta de gestor y, si no se lleva a cabo la subsanación, declarar caducada la autorización de transporte. B) Contratar a un trabajador que pueda desempeñar la función de gestor de transporte.
- E A) Sí, durante un plazo de tres meses, prorrogables por otros tres más. B) Justificarla documentalmente y solicitar, en su caso, la prórroga.
- F A) Sí, durante un plazo de seis meses, prorrogables por otros tres más. B) Justificarla documentalmente y solicitar, en su caso, la prórroga.
- G A) Sí, durante un plazo de tres meses, prorrogables por otros tres más. B) Justificarla documentalmente.
- H A) Sí, durante un plazo de seis meses, prorrogables por otros tres más. B) Justificarla documentalmente.
Respuesta correcta: A
A) Sí, durante un plazo de tres meses. B) Justificarla documentalmente.
Por qué (inicio)
A) Sí, tres meses. Es el plazo cuando desaparece el gestor por muerte o incapacidad física sobrevenida, y no es prorrogable. B) Basta con justificar documentalmente la situación; la esperanza de que…
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Normativa: RD 1211/1990, art. 111
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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