Caso práctico · Acceso al Mercado
Caso práctico 1F01011: D. Vicente Heras es accionista mayoritario, con un 76 % del capital, de la sociedad
Enunciado
D. Vicente Heras es accionista mayoritario, con un 76 % del capital, de la sociedad Transportes Heras Hermanos, S.A., dedicada al transporte de mercancías por carretera con vehículos de más de 20 toneladas. En dicha sociedad desempeña la función de gestor de transporte D. Julio Escámez, a cuyo efecto está contratado a tiempo completo y dado de alta en el Régimen General de Seguridad Social, en el grupo de cotización 3. D. Vicente está proyectando iniciar una nueva actividad de transporte público de viajeros en autocar, al margen de la sociedad anónima en la que participa. Para ello, ha creado una sociedad limitada unipersonal en la que él es el único socio. D. Vicente no cuenta con certificado de competencia profesional, por lo que ha pensado ofrecer al Sr. Escámez la posibilidad de que desempeñe también en la nueva sociedad limitada la función de gestor de transporte, dado que éste cuenta con certificado de competencia profesional, tanto en la especialidad de mercancías como en la de viajeros. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Debe el Sr. Escámez renunciar a su función de gestor de transporte en Transportes Heras Hermanos para poder ejercerla en la nueva sociedad? ¿Qué vinculación deberá tener con esta nueva sociedad para poder ejercer en ella de gestor de transporte?
- A A) No, puede compatibilizar su función de gestor en las dos sociedades, dado que el capital de ambas pertenece a un mismo titular en más de un 50 %. B) No requiere estar dado de alta en Seguridad Social por cuenta de la nueva sociedad, mientras esté vinculado con la otra y D. Vicente siga siendo titular de más del 50 % de ambas. ✓
- B A) Sí, una persona solo puede ejercer de gestor de transporte en una única empresa. B) Deberá estar contratado a tiempo completo y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, en un grupo de cotización no inferior al 3.
- C A) Sí, una persona solo puede ejercer de gestor de transporte en una única empresa. B) Deberá estar contratado a tiempo completo y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, en un grupo de cotización no inferior al 2.
- D A) Sí, una persona solo puede ejercer de gestor de transporte en una única empresa, salvo que se trate de empresas que pertenezcan en su totalidad a un mismo titular. B) Deberá estar contratado a tiempo completo y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, en un grupo de cotización no inferior al 3.
- E A) Sí, una persona solo puede ejercer de gestor de transporte en una única empresa, salvo que se trate de empresas que pertenezcan en su totalidad a un mismo titular. B) Deberá estar contratado a tiempo completo y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, en un grupo de cotización no inferior al 2.
- F A) No, puede compatibilizar su función de gestor en las dos sociedades, dado que van a desarrollar actividades de transporte diferentes (una mercancías y otra viajeros). B) Deberá estar contratado también por la nueva sociedad y dado de alta en el Régimen General de Seguridad Social, en un grupo de cotización no inferior al 3.
- G A) No, puede compatibilizar su función de gestor en las dos sociedades, dado que van a desarrollar actividades de transporte diferentes (una mercancías y otra viajeros). B) No requiere estar dado de alta en Seguridad Social por cuenta de la nueva sociedad, mientras esté vinculado con la otra y D. Vicente siga siendo titular de más del 50 % de ambas.
- H A) No, puede compatibilizar su función de gestor en las dos sociedades, dado que el capital de ambas pertenece a un mismo titular en más de un 50 %. B) Deberá estar contratado también por la nueva sociedad y dado de alta en el Régimen General de Seguridad Social, en un grupo de cotización no inferior al 3.
Respuesta correcta: A
A) No, puede compatibilizar su función de gestor en las dos sociedades, dado que el capital de ambas pertenece a un mismo titular en más de un 50 %. B) No requiere estar dado de alta en Seguridad Social por cuenta de la nueva sociedad, mientras esté vinculado con la otra y D. Vicente siga siendo titular de más del 50 % de ambas.
Por qué (inicio)
A) No tiene que renunciar: cabe ser gestor de dos empresas cuando más del 50 % del capital de ambas pertenece al mismo titular, y aquí Vicente controla el 76 % de una y el 100 % de la otra. Que una…
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Normativa: RD 1211/1990, art. 113
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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