Caso práctico · Acceso al Mercado
Caso práctico 1F01028: Una sociedad limitada dispone de autorización de transporte público de mercancías que
Enunciado
Una sociedad limitada dispone de autorización de transporte público de mercancías que habilita para realizar transporte con vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada y cuenta, desde hace cinco años, con dos vehículos de 25 toneladas para el desarrollo de su actividad. Esta sociedad ha sido sancionada por la comisión, en un plazo de 365 días, de las siguientes infracciones: -Cuatro infracciones de las señaladas en el apartado B del anexo I del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. En lo que se refiere a una de ellas, no se ha agotado todavía la vía administrativa. -Cinco infracciones de las señaladas en el apartado C del anexo I del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Respecto de todas ellas se ha agotado la vía administrativa. Responda a las siguientes cuestiones A. ¿Qué valor alcanza en su caso el Índice de Reiteración Infractora? B.¿Podrían ser causa de pérdida de la honorabilidad las sanciones mencionadas?
- A A) 2,33. B) No, porque ninguna de ellas está incluida en el apartado A del anexo I y el Índice de Reiteración Infractora tampoco alcanza un valor superior a 3.
- B A) 2,33. B) No, porque ninguna de ellas está incluida en el apartado A del anexo I y el Índice de Reiteración Infractora tampoco alcanza un valor igual o superior a 3. ✓
- C A) 4. B) B) Sí, porque el Índice de Reiteración Infractora alcanza un valor superior a 3.
- D A) 4. B) Sí, porque el Índice de Reiteración Infractora alcanza un valor igual o superior a 4.
- E A) 4,66. B) No, porque ninguna de ellas está incluida en el apartado A del anexo I y el Índice de Reiteración Infractora tampoco alcanza un valor superior a 4.
- F A) 4,66. B) No, porque, aunque el Índice de Reiteración Infractora alcanza un valor igual o superior a 3, una de las resoluciones sancionadoras no ha agotado la vía administrativa.
- G A) 4,66. B) No, porque, aunque el Índice de Reiteración Infractora alcanza un valor igual o superior a 3, una de las resoluciones sancionadoras no ha agotado la vía administrativa.
- H A) 3,5. B) No, porque ninguna de ellas está incluida en el apartado A del anexo I y el Índice de Reiteración Infractora tampoco alcanza un valor superior a 4.
Respuesta correcta: B
A) 2,33. B) No, porque ninguna de ellas está incluida en el apartado A del anexo I y el Índice de Reiteración Infractora tampoco alcanza un valor igual o superior a 3.
Por qué (inicio)
A) Solo cuentan las sanciones que han agotado la vía administrativa, así que se computan 3 del apartado B y 5 del C: (3 + 5/3) / 2 = 2,33. B) No procede la pérdida: ninguna infracción está en el…
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Normativa: RD 1211/1990, art. 116; RD 1211/1990, art. 117; RD 1211/1990, Anexo I
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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