En el caso de rehusar un comisionista el encargo que se le haga, ¿qué debe hacerse?

  1. A Deberá comunicarlo al comitente lo más pronto posible. ✓
  2. B No necesita comunicarlo hasta que transcurran cinco días del nombramiento.
  3. C Solo deberá comunicarlo si el comitente no es comerciante.
  4. D No estará obligado a custodiar y conservar los efectos que el comitente le haya remitido.

Respuesta correcta: A

Deberá comunicarlo al comitente lo más pronto posible.

Por qué

Debe avisar cuanto antes para que el comitente pueda buscar alternativa sin perder tiempo. Y aunque rechace el encargo, sigue obligado a custodiar los efectos que ya haya recibido hasta que el comitente disponga de ellos.

Normativa: Código de Comercio, art. 248

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