En un transporte nacional de mercancías por carretera, si el porteador, debido a fuerza mayor, se ve obligado a variar la ruta pactada, ¿qué ocurrirá con el aumento del precio del porte si la variación supusiera un incremento de costes para él?

  1. A Se pagará por partes iguales entre el remitente y el consignatario.
  2. B Lo tendrá que asumir el porteador.
  3. C Se compensará en un posterior contrato.
  4. D El porteador tendrá derecho a su abono. ✓

Respuesta correcta: D

El porteador tendrá derecho a su abono.

Por qué

Si la fuerza mayor obliga a desviarse y eso encarece el transporte, el porteador tiene derecho a cobrar ese mayor coste. No ha causado él la desviación, así que no debe soportar su precio.

Normativa: OM FOM/1882/2012, Anexo; OM FOM/1882/2012, art. 5.4

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