En el transporte nacional de mercancías por carretera, ¿cuándo incurre en mora el obligado al pago del transporte?
- A No existe plazo.
- B A los 90 días.
- C A los 60 días.
- D A los 30 días. ✓
Respuesta correcta: D
A los 30 días.
Por qué
La mora se produce a los treinta días desde que el pago es exigible, sin necesidad de reclamación previa. Es un plazo pensado para proteger al transportista frente a aplazamientos abusivos.
Normativa: Ley 15/2009, art. 41
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