Según la normativa, en relación con la ejecución de un transporte de mercancías, ¿cuándo debe asumir el porteador expresamente la realización de las operaciones de carga?
- A Antes de poner el vehículo a disposición del cargador. ✓
- B En el momento de poner el vehículo a disposición del cargador.
- C Después de poner el vehículo a disposición del cargador.
- D En cualquier momento antes de finalizar a carga.
Respuesta correcta: A
Antes de poner el vehículo a disposición del cargador.
Por qué
El compromiso de cargar debe asumirse antes de poner el vehículo a disposición, no sobre la marcha. Quien carga es quien responde de los daños, así que conviene que esté claro desde el principio.
Normativa: Ley 15/2009, art. 20
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