Según determinan las condiciones generales de contratación del transporte de mercancías por carretera, ¿cuándo se entiende que las ha recibo el porteador cuando este sea el responsable de la carga y estiba de las mismas?
- A Desde el momento en que se inicien las operaciones de carga. ✓
- B Desde el momento en el que se las pone a disposición el cargador.
- C Desde el momento en el que se las pone a disposición el cargador y el porteador las acepta.
- D Cuando finalicen las operaciones de carga.
Respuesta correcta: A
Desde el momento en que se inicien las operaciones de carga.
Por qué
Cuando carga y estiba el porteador, se entiende que recibe la mercancía desde que arrancan las operaciones de carga. Su responsabilidad empieza ahí, no cuando el camión queda cerrado.
Normativa: OM FOM/1882/2012, Anexo; OM FOM/1882/2012, art. 4.15
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