En un transporte de paquetería, ¿cuándo se entiende abandonado un paquete del que se no se ha efectuado declaración de valor?

  1. A A la semana del intento de entrega si no se han recibido instrucciones del cargador.
  2. B Al mes del intento de entrega si no se han recibido instrucciones del cargador.
  3. C A los tres meses del intento de entrega si no se han recibido instrucciones del cargador. ✓
  4. D No puede entenderse abandonado hasta el tercer intento de entrega.

Respuesta correcta: C

A los tres meses del intento de entrega si no se han recibido instrucciones del cargador.

Por qué

Tres meses desde el primer intento de entrega sin instrucciones y el paquete se entiende abandonado. El plazo corre desde ese primer intento, no desde un tercero.

Normativa: Ley 15/2009, art. 44

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