En un transporte de paquetería, ¿cuándo se entiende abandonado un paquete del que se no se ha efectuado declaración de valor?
- A A la semana del intento de entrega si no se han recibido instrucciones del cargador.
- B Al mes del intento de entrega si no se han recibido instrucciones del cargador.
- C A los tres meses del intento de entrega si no se han recibido instrucciones del cargador. ✓
- D No puede entenderse abandonado hasta el tercer intento de entrega.
Respuesta correcta: C
A los tres meses del intento de entrega si no se han recibido instrucciones del cargador.
Por qué
Tres meses desde el primer intento de entrega sin instrucciones y el paquete se entiende abandonado. El plazo corre desde ese primer intento, no desde un tercero.
Normativa: Ley 15/2009, art. 44
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