Una vez presentada la reclamación ante la Junta Arbitral, ¿cuál es la primera acción que esta lleva a cabo?
- A Comunica a las dos partes la identidad de los componentes de la Junta a efectos de posible recusación.
- B Envía copia de la reclamación al demandado comunicándole el día de la vista. ✓
- C Solicita a ambas partes el justificante del pago de la tasa establecida.
- D Comunica a las partes la competencia o incompetencia de la Junta en el asunto objeto de la reclamación.
Respuesta correcta: B
Envía copia de la reclamación al demandado comunicándole el día de la vista.
Por qué
Lo primero es dar traslado de la reclamación al demandado junto con la fecha de la vista. El arbitraje arranca garantizando que la otra parte conoce lo que se le reclama y cuándo podrá defenderse.
Normativa: RD 1211/1990, art. 9
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