Cuando las mercancías transportadas corrieran el riesgo de perderse o de sufrir daños graves, ¿qué puede hacer el porteador si la naturaleza o estado de la mercancía lo justifica?

  1. A Llevar la carga hasta su destino, aún con los daños que se ocasionen.
  2. B Solicitar su venta a la Junta Arbitral del Transporte. ✓
  3. C Solicitar su venta a la autoridad municipal de la población donde se encuentre.
  4. D Comunicar el hecho al destinatario y solicitarle instrucciones al respecto.

Respuesta correcta: B

Solicitar su venta a la Junta Arbitral del Transporte.

Por qué

Si la mercancía corre riesgo de perderse o dañarse gravemente, puede pedir su venta a la Junta Arbitral. Vender mediante un tercero imparcial protege tanto al dueño como al propio porteador.

Normativa: Ley 15/2009, art. 32

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