Cuando, durante la estiba de un envío nacional por carretera, el porteador haya dado instrucciones que hayan sido determinantes de daños en los bultos, ¿quién será responsable de los daños ocasionados?

  1. A El cargador, pues es a quien compete realizar la carga.
  2. B El consignatario.
  3. C El porteador. ✓
  4. D A medias, el porteador y el cargador.

Respuesta correcta: C

El porteador.

Por qué

Si la estiba se hizo siguiendo instrucciones determinantes del porteador, responde él aunque materialmente cargara otro. Quien dirige la operación asume sus consecuencias.

Normativa: Ley 15/2009, art. 20

Más preguntas de Derecho Civil