El retraso en la entrega de las mercancías por causas dolosas imputables al porteador, ¿obliga a este a indemnización?
- A Sí, pero solo hasta el precio de los portes.
- B Sí, pero solo si el plazo de entrega se ha plasmado en la carta de porte.
- C Sí, pero solo si se ha pactado en el contrato.
- D Sí, en todo caso y no podrá acogerse a los límites de responsabilidad. ✓
Respuesta correcta: D
Sí, en todo caso y no podrá acogerse a los límites de responsabilidad.
Por qué
Con dolo responde íntegramente y pierde el amparo de los límites legales de indemnización. Esos topes existen para el incumplimiento ordinario, no para quien actúa de mala fe.
Normativa: Ley 15/2009, art. 62
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