En el transporte nacional de mercancías por carretera, si las partes contratantes han pactado el sometimiento al arbitraje de las Juntas Arbitrales de Transporte, ¿hasta qué límite de cuantía podrán intervenir éstas?
- A 6.000 euros.
- B No existe límite. ✓
- C 18.000 euros.
- D 3.000 euros.
Respuesta correcta: B
No existe límite.
Por qué
Con pacto expreso de sometimiento no hay límite de cuantía. El tope de 15.000 euros solo opera cuando el arbitraje se impone sin acuerdo previo.
Normativa: Ley 16/1987, art. 38
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