En el transporte nacional de mercancías por carretera, la venta de la mercancía transportada por impago del precio del transporte, ¿a quién corresponderá?

  1. A Al porteador.
  2. B A la autoridad judicial o a la Junta Arbitral competente. ✓
  3. C A las asociaciones de transportistas legalmente constituidas y autorizadas por la Administración.
  4. D Exclusivamente a los juzgados de primera instancia designados por la Administración.

Respuesta correcta: B

A la autoridad judicial o a la Junta Arbitral competente.

Por qué

La venta la acuerda y ejecuta la autoridad judicial o la Junta Arbitral, nunca el porteador. Retener es un derecho suyo; vender exige siempre un tercero imparcial.

Normativa: RD 1211/1990, art. 11

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