En el transporte nacional de mercancías por carretera, la venta de la mercancía transportada por impago del precio del transporte, ¿a quién corresponderá?
- A Al porteador.
- B A la autoridad judicial o a la Junta Arbitral competente. ✓
- C A las asociaciones de transportistas legalmente constituidas y autorizadas por la Administración.
- D Exclusivamente a los juzgados de primera instancia designados por la Administración.
Respuesta correcta: B
A la autoridad judicial o a la Junta Arbitral competente.
Por qué
La venta la acuerda y ejecuta la autoridad judicial o la Junta Arbitral, nunca el porteador. Retener es un derecho suyo; vender exige siempre un tercero imparcial.
Normativa: RD 1211/1990, art. 11
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