En el transporte nacional de mercancías por carretera, el retraso en la entrega tan solo dará lugar a indemnización cuando se hayan dirigido reservas escritas al porteador en el plazo de:

  1. A 24 horas desde el día siguiente al de la entrega.
  2. B 7 días desde el siguiente al de la entrega.
  3. C 21 días desde el siguiente al de la entrega. ✓
  4. D No existe plazo.

Respuesta correcta: C

21 días desde el siguiente al de la entrega.

Por qué

Veintiún días desde el siguiente al de la entrega para dirigir reservas escritas por retraso. Es bastante más que los siete días de los daños ocultos, porque el perjuicio del retraso suele tardar en concretarse.

Normativa: Ley 15/2009, art. 60

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