Según el Convenio CMR, ¿el transportista puede aducir defecto de los vehículos utilizados para exonerarse de responsabilidad?
- A Sí, pues una avería en el medio de transporte es una causa legal de exención de responsabilidad del transportista.
- B Sí, cuando la avería del vehículo sea causa única del daño a la mercancía.
- C No puede aducir dicha causa. ✓
- D Sí, cuando la avería del vehículo no sea previsible.
Respuesta correcta: C
No puede aducir dicha causa.
Por qué
El defecto del vehículo nunca le exonera, tampoco en el CMR. El vehículo es su instrumento de trabajo y su estado pertenece por completo a su esfera de riesgo.
Normativa: Convenio CMR, art. 17
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