Según el Convenio CMR, ¿es responsable el transportista en caso de pérdida o avería de la mercancía transportada?

  1. A Sí, pero solo cuando la pérdida o avería de la mercancía deriva de vicio propio de esta.
  2. B Sí, cuando la pérdida o avería se produzca entre la recepción y entrega de la mercancía y no sea por vicio propio de la mercancía o por circunstancias que el transportista no pudo evitar y cuyas consecuencias no pudo impedir. ✓
  3. C Sí, siempre.
  4. D Sí, pero solo cuando la pérdida ocurre a causa de un accidente de tráfico.

Respuesta correcta: B

Sí, cuando la pérdida o avería se produzca entre la recepción y entrega de la mercancía y no sea por vicio propio de la mercancía o por circunstancias que el transportista no pudo evitar y cuyas consecuencias no pudo impedir.

Por qué

Responde de lo ocurrido entre la recepción y la entrega, salvo que pruebe vicio propio de la mercancía o una circunstancia inevitable cuyas consecuencias no pudo impedir. No es responsabilidad absoluta, pero la presunción le alcanza.

Normativa: Convenio CMR, art. 17

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