En la solicitud de declaración de concurso que haya sido presentada por un acreedor, ¿será suficiente la prueba testifical del solicitante para acreditar los hechos en que fundamenta la solicitud?
- A No será bastante por sí sola, debe adjuntar el documento en el que la fundamenta. ✓
- B Sí es suficiente, pero debe identificar con todo detalle el crédito que le legitima para solicitarlo.
- C Es suficiente por sí sola, pero debe identificar el crédito, su fecha de adquisición y de vencimiento.
- D Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Respuesta correcta: A
No será bastante por sí sola, debe adjuntar el documento en el que la fundamenta.
Por qué
La prueba testifical por sí sola no basta: hace falta el documento que sustente el crédito. Si no, cualquiera podría forzar un concurso con una simple declaración.
Normativa: RD Legislativo 1/2020, art. 13
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