¿Debe hacerse constar en el Registro de Bienes Muebles la no sujeción a las resultas del tráfico empresarial de los bienes de equipo afectos a la explotación de un emprendedor de responsabilidad limitada?
- A Sí, en todos los casos. ✓
- B No, porque este tipo de bienes no se benefician de la no sujeción.
- C No, porque ya se recoge en el Registro Mercantil.
- D Se puede hacer constar, pero no es requisito obligatorio para que no queden sujetos.
Respuesta correcta: A
Sí, en todos los casos.
Por qué
Es obligatorio inscribirlo en el Registro de Bienes Muebles. Sin esa inscripción la no sujeción no produce efectos frente a terceros.
Normativa: Ley 14/2013, art. 10
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