¿Debe hacerse constar en el Registro de Bienes Muebles la no sujeción a las resultas del tráfico empresarial de los bienes de equipo afectos a la explotación de un emprendedor de responsabilidad limitada?

  1. A Sí, en todos los casos. ✓
  2. B No, porque este tipo de bienes no se benefician de la no sujeción.
  3. C No, porque ya se recoge en el Registro Mercantil.
  4. D Se puede hacer constar, pero no es requisito obligatorio para que no queden sujetos.

Respuesta correcta: A

Sí, en todos los casos.

Por qué

Es obligatorio inscribirlo en el Registro de Bienes Muebles. Sin esa inscripción la no sujeción no produce efectos frente a terceros.

Normativa: Ley 14/2013, art. 10

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