En caso de reducción del capital social de una sociedad anónima por pérdidas, ¿qué tipo de acciones gozan del privilegio de no reducción en un primer momento?
- A Las acciones nominativas.
- B Las acciones sin derecho a voto. ✓
- C Las acciones al portador.
- D Ninguna de las anteriores.
Respuesta correcta: B
Las acciones sin derecho a voto.
Por qué
Las acciones sin derecho a voto no se reducen mientras existan otras. Es la contrapartida de carecer de voto: gozan de preferencia patrimonial.
Normativa: RD Legislativo 1/2010, art. 100; RD Legislativo 1/2010, art. 320
Más preguntas de Derecho Mercantil
- ¿Es requisito previo en una sociedad anónima la convocatoria de la junta general antes de su…
- Los estatutos de la sociedad anónima:
- Las acciones de la sociedad anónima:
- ¿Quién deberá convocar las juntas generales en una sociedad anónima?
- ¿Qué socios tienen derecho a asistir a la junta general de accionistas?
- ¿Qué requisitos deben concurrir para que la junta general de una sociedad anónima se pueda…