¿En qué plazo se debe celebrar la junta general de las sociedades de responsabilidad limitada a fin de aprobar las cuentas del ejercicio anterior?
- A Necesariamente dentro de los tres primeros meses, después de cerrado el ejercicio.
- B Necesariamente dentro de los cuatro primeros meses, después de cerrado el ejercicio.
- C Necesariamente dentro de los cinco primeros meses, después de cerrado el ejercicio.
- D Necesariamente dentro de los seis primeros meses, después de cerrado el ejercicio. ✓
Respuesta correcta: D
Necesariamente dentro de los seis primeros meses, después de cerrado el ejercicio.
Por qué
Dentro de los seis primeros meses tras el cierre. Formular es cosa de tres meses; aprobar, de seis.
Normativa: RD Legislativo 1/2010, Art. 164
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