¿En qué sociedades de capital existirá un consejero delegado?
- A En todas las sociedades anónimas.
- B En aquellas en las que, si los estatutos no lo prohíben, lo designe el consejo de administración. ✓
- C En aquellas en las que, si los estatutos no lo prohíben, lo designe la junta general en sustitución del consejo de administración.
- D En todas aquellas en las que no exista consejo de administración.
Respuesta correcta: B
En aquellas en las que, si los estatutos no lo prohíben, lo designe el consejo de administración.
Por qué
Cuando lo designe el consejo de administración y los estatutos no lo prohíban. Requiere mayoría de dos tercios del consejo.
Normativa: RD Legislativo 1/2010, Art. 249
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