Si un empresario no descuenta, en el momento de entregar las retribuciones a los trabajadores, la aportación de estos a la cotización a la Seguridad Social, ¿qué puede hacer?
- A Descontárselas en el mes siguiente.
- B Descontárselas en los tres meses siguientes.
- C Nada, deberá pagarlo de su bolsillo. ✓
- D Comunicarlo a la Tesorería General de la Seguridad Social para que reclame las cantidades debidas a los trabajadores.
Respuesta correcta: C
Nada, deberá pagarlo de su bolsillo.
Por qué
No puede recuperarla después: la asume él. La ley obliga a descontar en el momento del pago, y quien no lo hace pierde el derecho a repercutirla.
Normativa: RD 2064/1995, art. 22
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