¿Cuándo prescriben las infracciones en materia de Seguridad Social?
- A A los cuatro años contados desde la fecha de la infracción. ✓
- B A los tres años desde la finalización del período voluntario de ingreso.
- C A los dos años desde la firmeza de la resolución sancionadora.
- D A los dos años desde el inicio del procedimiento sancionador.
Respuesta correcta: A
A los cuatro años contados desde la fecha de la infracción.
Por qué
Cuatro años desde la fecha de la infracción. Coincide con el plazo de prescripción de cuotas y deudas.
Normativa: RD Legislativo 5/2000, art. 4
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