¿Puede la Seguridad Social aprobar un aplazamiento de deudas superior a 5 años?
- A No, en ningún caso. ✓
- B Si, en el caso de concurso de acreedores excepto si es culpable.
- C Si, en el caso de concurso de acreedores incluido el culpable.
- D Si, el plazo máximo ordinario es de 6 años.
Respuesta correcta: A
No, en ningún caso.
Por qué
Cinco años es el tope absoluto, sin excepciones ni siquiera en concurso. No hay vía para superarlo.
Normativa: RD 1415/2004, art. 31
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