¿Puede un trabajador disponer libremente, dentro del ámbito de la negociación de un contrato de trabajo, de los derechos que le reconocen las normas del Estado?
- A No. ✓
- B Sí, siempre y cuando quede manifestada esa disposición, por escrito, en un anexo al contrato.
- C Sí, si se pacta un compensación adecuada para el trabajador.
- D Sí, siempre que así lo disponga el convenio colectivo aplicable a la relación laboral.
Respuesta correcta: A
No.
Por qué
Los derechos reconocidos por normas estatales son indisponibles, sin excepción. Ni compensación económica ni forma escrita salvan ese pacto.
Normativa: RD Legislativo 2/2015, art. 3
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