La persona física titular de una autorización de transporte público de mercancías que gestione, como porteador, con autonomía económica su empresa, ¿puede realizar también transportes como asalariado con sus propios vehículos?
- A Sí y pasará a ser en dichos casos empleado o asalariado de la empresa para la cual ejecute los transportes.
- B Sí y se entenderá que actúa como colaborador, pero no responde del transporte.
- C Sí, siempre que posea la autorización de transporte público de mercancías.
- D No, el Estatuto de los Trabajadores excluye la relación laboral de los transportistas prestando el servicio de transporte con vehículo propio al amparo de autorizaciones administrativas de las que sean titulares. ✓
Respuesta correcta: D
No, el Estatuto de los Trabajadores excluye la relación laboral de los transportistas prestando el servicio de transporte con vehículo propio al amparo de autorizaciones administrativas de las que sean titulares.
Por qué
El Estatuto excluye expresamente esa relación del ámbito laboral. El transportista con autorización propia y vehículo propio es empresario, aunque trabaje para uno solo.
Normativa: RD Legislativo 2/2015, art. 1
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