Según el Reglamento (CE) 561/2006, ¿es obligatorio instalar y utilizar un aparato de control o tacógrafo en un vehículo destinado al transporte de mercancías matriculado en España?
- A Sí, en el transporte de mercancías, cuando la masa máxima autorizada de los vehículos, incluido cualquier remolque o semirremolque, sea superior a 3,5 toneladas. ✓
- B Sí, pero solo en vehículos que salgan fuera del territorio de los países miembros de la Unión Europea.
- C Sí, pero solo es obligatorio instalarlo en vehículos que realicen viajes superiores a 1.000 kilómetros.
- D No, es voluntario.
Respuesta correcta: A
Sí, en el transporte de mercancías, cuando la masa máxima autorizada de los vehículos, incluido cualquier remolque o semirremolque, sea superior a 3,5 toneladas.
Por qué
Por encima de 3,5 toneladas de MMA, incluidos remolque y semirremolque. Ese conjunto es lo que se mide, no solo el vehículo tractor.
Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 3
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