Según el Reglamento (CE) 561/2006, ¿para qué vehículos es obligatorio el uso del tacógrafo?
- A Para los vehículos de más 2,5 toneladas de MMA (masa máxima autorizada). ✓
- B Para los vehículos que desarrollen una velocidad no superior a los 20 kilómetros hora.
- C Para los vehículos con una carga útil superior a 3,5 toneladas.
- D Para todos los vehículos enumerados en las respuestas anteriores.
Respuesta correcta: A
Para los vehículos de más 2,5 toneladas de MMA (masa máxima autorizada).
Por qué
Por encima de 2,5 toneladas tras la última reforma, que bajó el umbral desde las 3,5 para el transporte internacional. Es el cambio normativo más reciente de este bloque.
Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 3
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