Según el Reglamento (CE) 561/2006, un conductor que ha conducido 30 horas en una semana, ¿cuántas horas puede conducir la semana siguiente como máximo?
- A 60 horas.
- B 56 horas. ✓
- C 50 horas.
- D 45 horas.
Respuesta correcta: B
56 horas.
Por qué
Cincuenta y seis horas, el tope semanal. Haber conducido poco la semana anterior no permite superarlo: el bisemanal de 90 tampoco se alcanza aquí.
Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6
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