¿Son deducibles en el régimen simplificado del IVA las cuotas soportadas por la adquisición de un vehículo para desarrollar la actividad de transporte?

  1. A Sí, porque es un activo fijo destinado al desarrollo de la actividad. ✓
  2. B Sí, pero solo es deducible la tercera parte de la cuota del IVA.
  3. C Sí, pero solo es deducible la cuarta parte de la cuota del IVA.
  4. D No son deducibles.

Respuesta correcta: A

Sí, porque es un activo fijo destinado al desarrollo de la actividad.

Por qué

Sí, íntegramente: el vehículo es un activo fijo afecto a la actividad y su IVA se deduce por las reglas generales. El régimen simplificado modulariza las operaciones corrientes, no las inversiones.

Normativa: Ley 37/1992, Art. 123

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