¿Cuándo debe hacer un empresario la repercusión del IVA a su cliente?
- A A lo largo de los 15 días siguientes a la fecha de entrega de la mercancía o de prestación del servicio.
- B A lo largo de los 30 días siguientes a la fecha de entrega de la mercancía o de prestación del servicio.
- C Dentro del plazo de un año desde la entrega de la mercancía o prestación del servicio.
- D En el momento de expedir y entregar la factura. ✓
Respuesta correcta: D
En el momento de expedir y entregar la factura.
Por qué
La repercusión se hace al expedir y entregar la factura. No es un plazo de días posteriores: el momento es la propia emisión del documento.
Normativa: Ley 37/1992, Art. 88
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