Según la Directiva 1999/62/CE, relativa a la aplicación de gravámenes a los vehículos por la utilización de infraestructuras viarias, los peajes por el uso de vías no supondrán discriminación por razón:
- A de la nacionalidad del transportista.
- B del Estado de establecimiento del transportista.
- C del origen o destino de la operación de transporte.
- D Todas las respuestas son correctas. ✓
Respuesta correcta: D
Todas las respuestas son correctas.
Por qué
La prohibición de discriminar alcanza a las tres: nacionalidad del transportista, Estado de establecimiento y origen o destino del transporte. Es la aplicación directa de la libre prestación de servicios.
Normativa: Directiva 1999/62/CE, art. 7
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