Según la Directiva 1999/62/CE, relativa a la aplicación de gravámenes a los vehículos por la utilización de infraestructuras viarias, los peajes por el uso de vías no supondrán discriminación por razón:

  1. A de la nacionalidad del transportista.
  2. B del Estado de establecimiento del transportista.
  3. C del origen o destino de la operación de transporte.
  4. D Todas las respuestas son correctas. ✓

Respuesta correcta: D

Todas las respuestas son correctas.

Por qué

La prohibición de discriminar alcanza a las tres: nacionalidad del transportista, Estado de establecimiento y origen o destino del transporte. Es la aplicación directa de la libre prestación de servicios.

Normativa: Directiva 1999/62/CE, art. 7

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