¿Qué transportistas de mercancías por carretera pueden tributar por el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas?
- A Los transportistas que tengan un máximo de cuatro vehículos cualquier día del año anterior. ✓
- B Los transportistas que tengan un máximo de cinco vehículos cualquier día del año anterior o un máximo de cuatro si superan en conjunto 60 toneladas de carga útil.
- C Los transportistas que tengan un volumen de compras que no exceda de 350.000 euros.
- D Los transportistas que tengan un volumen de compras que no exceda de 400.000 euros.
Respuesta correcta: A
Los transportistas que tengan un máximo de cuatro vehículos cualquier día del año anterior.
Por qué
Máximo cuatro vehículos cualquier día del año anterior. No hay matices por tonelaje: superar cuatro excluye del régimen.
Normativa: OM HAC/1425/2025, art. 3
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