A efectos del Impuesto sobre Sociedades, se consideran residentes en territorio español:

  1. A a las sociedades que se hayan constituido conforme a leyes españolas. ✓
  2. B a las sociedades que no se hayan constituido conforme a leyes españolas, pero tengan su establecimiento principal de producción en territorio español.
  3. C a las sociedades que no se hayan constituido conforme a leyes españolas, pero tengan la fuente principal de sus ingresos en territorio español.
  4. D a todas las indicadas en las letras anteriores.

Respuesta correcta: A

a las sociedades que se hayan constituido conforme a leyes españolas.

Por qué

Residentes las constituidas conforme a leyes españolas. También lo son las que tengan aquí su domicilio social o su sede de dirección efectiva, pero no basta con producir o facturar en España.

Normativa: Ley 27/2014, art. 8

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