A efectos del Impuesto sobre Sociedades, se consideran residentes en territorio español:
- A a las sociedades que se hayan constituido conforme a leyes españolas. ✓
- B a las sociedades que no se hayan constituido conforme a leyes españolas, pero tengan su establecimiento principal de producción en territorio español.
- C a las sociedades que no se hayan constituido conforme a leyes españolas, pero tengan la fuente principal de sus ingresos en territorio español.
- D a todas las indicadas en las letras anteriores.
Respuesta correcta: A
a las sociedades que se hayan constituido conforme a leyes españolas.
Por qué
Residentes las constituidas conforme a leyes españolas. También lo son las que tengan aquí su domicilio social o su sede de dirección efectiva, pero no basta con producir o facturar en España.
Normativa: Ley 27/2014, art. 8
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