¿Es obligatorio, para un empresario sometido al régimen de estimación directa del IRPF, expedir factura de las operaciones?

  1. A Sí. ✓
  2. B Solo para los que determinan el rendimiento por el método normal.
  3. C Solo de las operaciones con un valor superior a 10.000 euros.
  4. D No.

Respuesta correcta: A

Sí.

Por qué

Sí, en cualquier modalidad de estimación directa y sea cual sea el importe. La obligación de facturar nace de la actividad empresarial, no del régimen fiscal.

Normativa: RD 1619/2012, art. 26

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