¿Es obligatorio, para un empresario sometido al régimen de estimación directa del IRPF, expedir factura de las operaciones?
- A Sí. ✓
- B Solo para los que determinan el rendimiento por el método normal.
- C Solo de las operaciones con un valor superior a 10.000 euros.
- D No.
Respuesta correcta: A
Sí.
Por qué
Sí, en cualquier modalidad de estimación directa y sea cual sea el importe. La obligación de facturar nace de la actividad empresarial, no del régimen fiscal.
Normativa: RD 1619/2012, art. 26
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