En el pagaré, ¿es necesaria la firma del aceptante o firmante para su existencia y validez?

  1. A Sí, siempre que exceda de 60 euros.
  2. B Sí, en todo caso. ✓
  3. C No, pues puede sustituirse por la del pagador.
  4. D No es necesaria cuando el firmante es comerciante.

Respuesta correcta: B

Sí, en todo caso.

Por qué

Sí, en todo caso. Sin firma del emisor no hay pagaré.

Normativa: Ley 19/1985, art. 94

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