¿Cómo queda obligado el firmante de un pagaré?

  1. A En los mismos términos que el librador de una letra de cambio.
  2. B Igual que el librador de un cheque.
  3. C Como un avalista de una letra de cambio.
  4. D En los mismos términos que el aceptante de una letra de cambio. ✓

Respuesta correcta: D

En los mismos términos que el aceptante de una letra de cambio.

Por qué

En los mismos términos que el aceptante de una letra. Es el obligado principal y directo.

Normativa: Ley 19/1985, art. 97

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