¿Puede cederse una letra de cambio?

  1. A No, nunca.
  2. B Solo si lleva impresa una cláusula de cesión.
  3. C Solo si el cedente es un banco.
  4. D Sí. ✓

Respuesta correcta: D

Sí.

Por qué

Sí. Además del endoso, cabe la cesión ordinaria de créditos.

Normativa: Ley 19/1985, art. 24

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