¿Qué significa el "beneficio de excusión" en el contrato de fianza?
- A Que el fiador no podrá ser obligado a pagar si no se cobra previamente con los bienes del deudor. ✓
- B Que el fiador podrá excusarse de pagar si el deudor no tiene bienes suficientes.
- C Que el fiador podrá poner en venta los bienes del deudor para recuperar el importe pagado por él.
- D Que el acreedor y deudor acuerdan excluir al fiador del pago de las deudas.
Respuesta correcta: A
Que el fiador no podrá ser obligado a pagar si no se cobra previamente con los bienes del deudor.
Por qué
Que el fiador no puede ser obligado a pagar sin haberse perseguido antes los bienes del deudor. Primero el deudor, después el fiador.
Normativa: Código Civil, art. 1830
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