¿Qué significa el "beneficio de excusión" en el contrato de fianza?

  1. A Que el fiador no podrá ser obligado a pagar si no se cobra previamente con los bienes del deudor. ✓
  2. B Que el fiador podrá excusarse de pagar si el deudor no tiene bienes suficientes.
  3. C Que el fiador podrá poner en venta los bienes del deudor para recuperar el importe pagado por él.
  4. D Que el acreedor y deudor acuerdan excluir al fiador del pago de las deudas.

Respuesta correcta: A

Que el fiador no podrá ser obligado a pagar si no se cobra previamente con los bienes del deudor.

Por qué

Que el fiador no puede ser obligado a pagar sin haberse perseguido antes los bienes del deudor. Primero el deudor, después el fiador.

Normativa: Código Civil, art. 1830

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