Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A03015: La empresa de transporte de mercancías LUYO S.L., ha presentado ante la Junta Arbitral

Enunciado

La empresa de transporte de mercancías LUYO S.L., ha presentado ante la Junta Arbitral competente en su domicilio fiscal una reclamación contra la empresa GLOP S.A. La reclamación se fundamenta en la existencia de prácticas comerciales de la demandada consistentes en la difusión de información engañosa en relación con sus servicios, al incluir la utilización de modelos de vehículos de los que no dispone. Aporta abundante documentación que prueba su demanda. La empresa LUYO S.L. presta el servicio de transporte continuado para todos los centros de producción de la empresa BIRTO S.A. En relación con la cláusula relativa a la asunción de los costes de los tiempos de espera en las descargas, la empresa BIRTO S.L., como contratante de dicho servicio, presentó una reclamación ante la Junta Arbitral competente para que dirimiera la controversia con la contratista, LUYO S.L. y la declarara responsable de la asunción de una parte del citado coste. LUYO S.L. presentó un escrito de oposición a la demanda de BIRTO S.A. en el que, entro otros puntos, alegaba que la Junta Arbitral no estaba válidamente constituida ya que estaba formada únicamente por 5 vocales. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Puede la Junta Arbitral instar a la empresa demandada a que cese en su actitud de competencia desleal? ¿Puede la Junta Arbitral decidir sobre el tema planteado por BIRTO S.A. en relación con la asunción de una parte del coste de los tiempos de descarga? De ser cierta la afirmación de LUYO S.L. en su escrito de oposición, ¿qué efectos tendría?

  1. A A) No, la Junta Arbitral no tiene competencias en ese ámbito. B) Sí, es una de sus funciones. C) Que la Junta debería enviar el procedimiento al órgano judicial competente para su continuación.
  2. B A) Sí, la Junta Arbitral tiene competencias en ese ámbito. B) No, no es una de sus funciones. C) Ninguna, la Junta estaría válidamente constituida.
  3. C A) No, la Junta Arbitral no tiene competencias en ese ámbito, pero puede elaborar un informe vinculante para el órgano competente. B) Sí, es una de sus funciones. C) Que la Junta no podría funcionar al no tener la composición mínima establecida en la norma.
  4. D A) No, la Junta Arbitral no tiene competencias en ese ámbito. B) Sí, es una de sus funciones. C) Que la Junta no podría funcionar al no tener los mínimos componentes establecidos en la norma. ✓
  5. E A) Sí, la Junta Arbitral tiene competencias en ese ámbito. B) Sí, es una de sus funciones. C) Que la Junta sólo podría funcionar después de que los vocales designaran quién de ellos iba a actuar como Presidente.
  6. F A) Sí, la Junta Arbitral tiene competencias en ese ámbito. B) Sí, es una de sus funciones. C) Que la Junta debería enviar el procedimiento al órgano judicial competente para su continuación.
  7. G A) No, la Junta Arbitral no tiene competencias en ese ámbito, pero puede elaborar un informe vinculante para el órgano competente. B) No, no es una de sus funciones. C) Que la Junta no podría funcionar al no tener los mínimos componentes establecidos en la norma.
  8. H A) No, la Junta Arbitral no tiene competencias en ese ámbito. B) No, no es una de sus funciones. C) Que la Junta sólo podría funcionar después de que los vocales designaran quién de ellos iba a actuar como Presidente.

Respuesta correcta: D

A) No, la Junta Arbitral no tiene competencias en ese ámbito. B) Sí, es una de sus funciones. C) Que la Junta no podría funcionar al no tener los mínimos componentes establecidos en la norma.

Por qué (inicio)

La Junta Arbitral no puede entrar en la competencia desleal ni en la publicidad engañosa: su competencia se limita a las controversias surgidas en relación con el cumplimiento de los contratos de…

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Normativa: RD 1211/1990, art. 6; RD 1211/1990, art. 8

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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