Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A04017: Un fabricante de refrescos contrata el transporte por carretera de una remesa de sus

Enunciado

Un fabricante de refrescos contrata el transporte por carretera de una remesa de sus productos, desde su planta de embotellado situada en Alcorcón hasta Lisboa. En el contrato de transporte se incluyen, entre otras, las siguientes cláusulas: -Se someterán a arbitraje las controversias que puedan surgir con ocasión de la ejecución del contrato. -En caso de daños o pérdidas en la mercancía durante la realización del transporte, el transportista solo responderá de ellos cuando el cargador pruebe que son debidos a la actuación de aquel. El transporte es ejecutado por dos transportistas de modo sucesivo: el primero interviene hasta llegar a la frontera y el segundo, desde la frontera hasta el destino final. En el acuerdo adoptado entre ambos estipulan que, si uno de ellos se ve obligado a pagar una indemnización por motivo del servicio, en ningún supuesto podrá repercutir sobre el otro más que el principal de la indemnización, pero no intereses ni ningún otro gasto. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Es válida la decisión de optar por el arbitraje? ¿Estará obligado el cargador a probar la responsabilidad del transportista para tener derecho a indemnización? ¿Tienen libertad los dos transportistas que intervienen en la operación para decidir sobre el modo de repartir el coste de las posibles indemnizaciones?

  1. A A) Sí, la Ley del contrato de transporte terrestre de mercancías, aplicable a este contrato, permite pactar el sometimiento a arbitraje en lugar de a los tribunales ordinarios. B) Sí, la ley también lo establece así. C) No, en esto no está permitido separarse de lo dispuesto en la ley.
  2. B A) Sí, la Ley del contrato de transporte terrestre de mercancías, aplicable a este contrato, permite pactar el sometimiento a arbitraje en lugar de a los tribunales ordinarios. B) No, es una cláusula que contraviene la ley y, conforme a esta, se debe considerar nula. C) No, tampoco en esto está permitido separarse de lo dispuesto en la ley.
  3. C A) Sí, la Ley del contrato de transporte terrestre de mercancías, aplicable a este contrato, permite pactar el sometimiento a arbitraje en lugar de a los tribunales ordinarios. B) Sí, la ley también lo establece así. C) Sí, es uno de los aspectos en los que la ley permite separarse de su regulación.
  4. D A) Sí, la Ley del contrato de transporte terrestre de mercancías, aplicable a este contrato, permite pactar el sometimiento a arbitraje en lugar de a los tribunales ordinarios. B) No, es una cláusula que contraviene la ley y, conforme a esta, se debe considerar nula. C) Sí, es uno de los aspectos en los que la ley permite separarse de su regulación.
  5. E A) Sí, el Convenio CMR, aplicable a este contrato, permite pactar el sometimiento a arbitraje en lugar de a los tribunales ordinarios. B) Sí, el Convenio CMR también lo establece así. C) No, en esto no está permitido separarse de lo dispuesto en el Convenio CMR.
  6. F A) Sí, el Convenio CMR, aplicable a este contrato, permite pactar el sometimiento a arbitraje en lugar de a los tribunales ordinarios. B) No, es una cláusula que contraviene el Convenio CMR y, conforme a este, se debe considerar nula. C) No, tampoco en esto está permitido separarse de lo dispuesto en el Convenio CMR.
  7. G A) Sí, el Convenio CMR, aplicable a este contrato, permite pactar el sometimiento a arbitraje en lugar de a los tribunales ordinarios. B) Sí, el Convenio CMR también lo establece así. C) Sí, es uno de los aspectos en los que el Convenio CMR permite separarse de su regulación.
  8. H A) Sí, el Convenio CMR, aplicable a este contrato, permite pactar el sometimiento a arbitraje en lugar de a los tribunales ordinarios. B) No, es una cláusula que contraviene el Convenio CMR y, conforme a este, se debe considerar nula. C) Sí, es uno de los aspectos en los que el Convenio CMR permite separarse de su regulación. ✓

Respuesta correcta: H

A) Sí, el Convenio CMR, aplicable a este contrato, permite pactar el sometimiento a arbitraje en lugar de a los tribunales ordinarios. B) No, es una cláusula que contraviene el Convenio CMR y, conforme a este, se debe considerar nula. C) Sí, es uno de los aspectos en los que el Convenio CMR permite separarse de su regulación.

Por qué (inicio)

La norma aplicable es el CMR, al ser un transporte internacional entre dos Estados firmantes, y el convenio permite expresamente pactar el sometimiento a arbitraje. La segunda cláusula es nula,…

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Normativa: Convenio CMR, art. 33; Convenio CMR, art. 40; Convenio CMR, art. 41; Convenio CMR, art. 17; Convenio CMR, art. 18; Convenio CMR, art. 37

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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