Caso práctico · Derecho Mercantil
Caso práctico 1B02011: El consejo de administración de la entidad Derribos Totales, S.L., cuyo ejercicio
Enunciado
El consejo de administración de la entidad Derribos Totales, S.L., cuyo ejercicio económico coincide con el año natural, convoca junta general de socios con los siguientes asuntos en el orden del día: -Aumento de las retribuciones del consejo de administración. Se somete a decisión de los socios aumentar en un 20 % las retribuciones de los miembros del consejo de administración, en atención al fuerte incremento que han experimentado sus obligaciones por la expansión de la actividad de la sociedad. -Ruegos y preguntas. La junta se celebra el 16 de agosto, votando a favor del aumento de retribuciones la mayoría de los presentes, por lo que se declara aprobado. Los votos favorables representan un 20 % de las participaciones sociales. D. Amancio Vázquez, socio de la entidad, no asiste a la junta por encontrarse de vacaciones fuera de su domicilio, pero no está de acuerdo con el aumento de las retribuciones, que considera injustificado, por lo que impugna el acuerdo. Los estatutos de la sociedad no contienen ninguna disposición específica sobre la forma de adopción de acuerdos. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Qué carácter tiene la junta general que ha celebrado esta sociedad? ¿Se ha celebrado esta junta en las fechas correctas? ¿Se ha adoptado el acuerdo correctamente?
- A A) Junta ordinaria. B) Sí, pues no hay plazo específico para la celebración de las juntas generales de una sociedad. C) Sí, ya que han votado a favor la mayoría de los socios presentes.
- B A) Junta ordinaria. B) No, debió celebrarse en los seis primeros meses del ejercicio. C) No, dado que se requiere el voto a favor de, al menos, un tercio de las participaciones sociales.
- C A) Junta ordinaria. B) Sí, pues no hay plazo específico para la celebración de las juntas generales de una sociedad. C) No, dado que se requiere el voto a favor de, al menos, un tercio de las participaciones sociales.
- D A) Junta ordinaria. B) No, debió celebrarse en los seis primeros meses del ejercicio. C) Sí, ya que han votado a favor la mayoría de los socios presentes.
- E A) Junta extraordinaria. B) Sí, pues no hay plazo específico para la celebración de una junta general extraordinaria. C) Sí, ya que han votado a favor la mayoría de los socios presentes.
- F A) Junta extraordinaria. B) No, debió celebrarse en los seis primeros meses del ejercicio. C) No, dado que se requiere el voto a favor de, al menos, un tercio de las participaciones sociales.
- G A) Junta extraordinaria. B) Sí, pues no hay plazo específico para la celebración de una junta general extraordinaria. C) No, dado que se requiere el voto a favor de, al menos, un tercio de las participaciones sociales. ✓
- H A) Junta extraordinaria. B) No, debió celebrarse en los seis primeros meses del ejercicio. C) Sí, ya que han votado a favor la mayoría de los socios presentes.
Respuesta correcta: G
A) Junta extraordinaria. B) Sí, pues no hay plazo específico para la celebración de una junta general extraordinaria. C) No, dado que se requiere el voto a favor de, al menos, un tercio de las participaciones sociales.
Por qué (inicio)
A) Extraordinaria: no trata ninguno de los asuntos propios de la ordinaria. B) Sí: las extraordinarias no tienen plazo. C) No: en la sociedad limitada los acuerdos requieren el voto favorable de al…
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Normativa: RD Legislativo 1/2010, art. 159; RD Legislativo 1/2010, art. 164; RD Legislativo 1/2010, art. 198; RD Legislativo 1/2010, art. 163; RD Legislativo 1/2010, art. 165
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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