Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C02013: La empresa de transporte por carretera BRUM S.A. contrató al Sr. Vargas como conductor.
Enunciado
La empresa de transporte por carretera BRUM S.A. contrató al Sr. Vargas como conductor. El Sr. Vargas había estado contratado como conductor por cuenta ajena, por diferentes empresas, durante 15 años. En el momento de la contratación llevaba desempleado más de 2 años. El contrato del Sr. Vargas comprendía un período de formación de una semana y un período de prueba de 20 días. Diez meses después de su contratación, el Sr. Vargas causó baja voluntaria en la empresa por haber aceptado una oferta de contratación más favorable en otra empresa de transporte que tramitó su alta a Seguridad Social al día siguiente. BRUM S.A., por su parte, no notificó la baja a la Seguridad Social. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿A qué Régimen debía afiliar la empresa BRUM S.A. al Sr. Vargas? ¿A partir de qué momento estaba obligada la empresa BRUM S.A. a cotizar a la Seguridad Social en relación con el Sr. Vargas? ¿Qué efectos tuvo la falta de comunicación de la baja del trabajador a la Seguridad Social?
- A A) Al Régimen General. B) A partir de la incorporación efectiva del trabajador a su puesto. C) Que BRUM S.A. siguió obligada a ingresar las cotizaciones por el trabajador hasta su alta en la nueva empresa.
- B A) No tiene que afiliarlo ya que estaba afiliado con anterioridad. B) A partir de la finalización del período de formación. C) Que BRUM S.A. siguió obligada a ingresar las cotizaciones por el trabajador hasta la comunicación efectiva de su baja.
- C A) No tiene que afiliarlo ya que estaba afiliado con anterioridad. B) A partir de su alta. C) Que BRUM S.A. siguió obligada a ingresar las cotizaciones por el trabajador hasta la comunicación efectiva de su baja. ✓
- D A) No tiene que afiliarlo ya que estaba afiliado con anterioridad. B) A partir de la incorporación efectiva del trabajador a su puesto. C) Que BRUM S.A. siguió obligada a ingresar las cotizaciones por el trabajador hasta su alta en la nueva empresa.
- E A) Al Régimen General. B) A partir de la finalización del período de formación. C) Que BRUM S.A. siguió obligada a ingresar las cotizaciones por el trabajador hasta la comunicación efectiva de su baja.
- F A) No tiene que afiliarlo ya que estaba afiliado con anterioridad. B) A partir de su alta. C) Que BRUM S.A. siguió obligada a ingresar las cotizaciones por el trabajador hasta su alta en la nueva empresa.
- G A) Al Régimen General. B) A partir de su alta. C) Que BRUM S.A. siguió obligada a ingresar las cotizaciones por el trabajador hasta la comunicación efectiva de su baja.
- H A) No tiene que afiliarlo ya que estaba afiliado con anterioridad. B) A partir de la incorporación efectiva del trabajador a su puesto. C) Que BRUM S.A. siguió obligada a ingresar las cotizaciones por el trabajador hasta la comunicación efectiva de su baja.
Respuesta correcta: C
A) No tiene que afiliarlo ya que estaba afiliado con anterioridad. B) A partir de su alta. C) Que BRUM S.A. siguió obligada a ingresar las cotizaciones por el trabajador hasta la comunicación efectiva de su baja.
Por qué
Tras quince años cotizando por cuenta ajena el Sr. Vargas ya estaba afiliado, así que BRUM solo tenía que darle de alta. La obligación de cotizar va unida al alta, que debe solicitarse antes de que empiece a trabajar: ni el periodo de formación ni el de prueba retrasan nada, porque ambos son tiempo de trabajo a efectos de Seguridad Social. Y la falta de comunicación de la baja no se arregla por el hecho de que otra empresa lo dé de alta al día siguiente: la obligación de cotizar subsiste para BRUM hasta que comunica efectivamente el cese.
Normativa: RDL 8/2015, art. 15; RDL 8/2015, art. 144
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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