Caso práctico · Derecho Social

Caso práctico 1C04003: El Sr. Delgado ha conducido el vehículo de 15 Tm de MMA, con matrícula XXXX KSR, durante

Enunciado

El Sr. Delgado ha conducido el vehículo de 15 Tm de MMA, con matrícula XXXX KSR, durante el mes de mayo. En la semana del 6 al 12 de mayo, realiza las siguientes conducciones diarias: -Lunes: 7 horas. -Martes: 9 horas. -Miércoles: 5 horas. El día 14 de mayo, mientras realizaba un transporte de fruta que debía entregar ese mismo día, hubo importantes retenciones en la vía que debía utilizar; como consecuencia de las mismas, y para poder cumplir el contrato de transporte, realizó una conducción de 6 horas sin realizar las interrupciones reglamentarias. El conductor, el martes 28 de mayo, realizó las siguientes actividades: -05:00 a 08:40: conducción de una furgoneta de 2.500 kg de MMA. -Pausa/descanso. -09:00 a 13:00: conducción del vehículo XXXX KSR. -Pausa/descanso. -13:30 a 14:45: descarga y limpieza del vehículo. -Pausa/descanso -15:45 a 19:45: conducción del vehículo XXXX KSR. -Pausa/descanso. -20:00 a 22:00: conducción del vehículo XXXX KSR. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Cuántas horas, como máximo, puede conducir el resto de la semana, del 6 al 12 de mayo, de acuerdo con el R (CE) 561/2006? ¿Cometió infracción de lo establecido en el R (CE) 561/2006 en la jornada del 14 de mayo o el incumplimiento de la norma está justificado? ¿Qué infracciones ha cometido en la jornada del 28 de mayo en relación con el R (CE) 561/2006?

  1. A A) 33. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) Exceso de conducción diaria y minoración del descanso diario.
  2. B A) 31. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) Conducción sin las pausas reglamentarias y minoración del descanso diario.
  3. C A) 35. B) No cometió infracción ya que está justificado el incumplimiento en base al artículo 12 del Reglamento. C) Exceso de conducción diaria.
  4. D A) 29. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) Exceso de conducción diaria, conducción ininterrumpida y minoración de descanso diario.
  5. E A) 19. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) Conducción sin realizar las pausas reglamentarias.
  6. F A) 25. B) No cometió infracción ya que está justificado el incumplimiento en base al artículo 12 del Reglamento. C) Minoración del descanso diario.
  7. G A) 29. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) Conducción sin las pausas reglamentarias y minoración del descanso diario. ✓
  8. H A) 27. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) Minoración del descanso diario.

Respuesta correcta: G

A) 29. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) Conducción sin las pausas reglamentarias y minoración del descanso diario.

Por qué (inicio)

Puede conducir 29 horas más esa semana. El tope semanal de 56 horas no es lo que limita aquí, porque con 21 horas ya conducidas quedarían 35: lo que manda es el límite diario de 9 horas, ampliable a…

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Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 7; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 12

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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