Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C04030: El Sr. Torres condujo, durante el mes de diciembre, el vehículo matrícula XXX LRT cuya
Enunciado
El Sr. Torres condujo, durante el mes de diciembre, el vehículo matrícula XXX LRT cuya MMA es de 26 Tm. En la jornada del 2 de diciembre realizó las siguientes actividades: -03:20 a 05:15: conducción del vehículo matrícula XXX LRT. -Pausa/descanso. -05:35 a 07:00: horas: conducción del vehículo matrícula XXX LRT. -Pausa/descanso. -07:15 a 08:15: conducción del vehículo matrícula XXX LRT. -Pausa/descanso. -08:35 a 11:00: conducción del vehículo matrícula XXX LRT. -Pausa/descanso. -14:45 a 18: 00: conducción del vehículo matrícula XXX LRT Después de realizar el correspondiente descanso semanal, la jornada del 14 de diciembre, lunes, la comenzó a las 8:00 horas, a las 10:00 se incorporó al vehículo el Sr. Grandía como conductor. Ambos conductores alternaron las conducciones en el vehículo hasta las 20:00 del día 17 de diciembre. Durante estos días, los conductores efectuaron descansos de 9 horas en cada período de 24 horas. En la jornada del día 18 de diciembre, el Sr. Torres efectuó una conducción diaria de 10 horas. Durante la jornada descansó 2 horas para comer y 2 horas al final de la tarde. Finalmente, al acabar la conducción, realizó un descanso continuado de 9 horas antes de iniciar la jornada siguiente. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Cumplió el Sr. Torres con lo establecido en el R (CE) 561/2006 en la jornada del 2 de diciembre? ¿Efectuaron ambos conductores, correctamente, entre el 14 y el 17 de diciembre, los descansos que prescribe el R (CE) 561/2006? ¿Infringió, en la jornada del 18, la normativa reguladora de tiempos de conducción y descanso?
- A A) No, ha efectuado una conducción de 6 h. 30 min. sin realizar las pausas reglamentarias. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 14 al 17 de diciembre. C) No, ya que una parte de la semana la hizo en régimen de conducción en equipo y sería el segundo descanso diario reducido después del descanso semanal.
- B A) Sí, ha cumplido con lo establecido en la norma. B) No, ya que no se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 14 al 17 de diciembre. C) Sí, ya que había descansado 9 horas más de dos veces en las conducciones de los días anteriores de la semana.
- C A) No, ha efectuado una conducción de 4 h. 45 min. sin realizar las pausas reglamentarias. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 15 al 17 de diciembre y la del 14 es la primera después del descanso semanal. C) No, ya que el resto de la semana lo hizo en régimen de conducción en equipo.
- D A) No, ha efectuado una conducción de 5 h. 45 min. sin realizar las pausas reglamentarias. B) No, ya que no se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 15 al 17 de diciembre. C) Sí, ya que había descansado 9 horas más de dos veces en las conducciones de los días anteriores de la semana.
- E A) Sí, ha cumplido con lo establecido en la norma. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 15 al 17 de diciembre. C) Sí, ya que había descansado 9 horas más de dos veces en las conducciones de los días anteriores de la semana.
- F A) No, ha efectuado una conducción de 6 h. 15 min. sin realizar las pausas reglamentarias. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 14 al 17 de diciembre. C) No, ya que el resto de la semana lo hizo en régimen de conducción en equipo.
- G A) No, ha efectuado una conducción de 6 h. 45 min. sin realizar las pausas reglamentarias. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 15 al 17 de diciembre y la del 14 es la primera después del descanso semanal. C) No, ya que una parte de la semana la hizo en régimen de conducción en equipo y sería el segundo descanso diario reducido después del descanso semanal. ✓
- H A) No, ha efectuado una conducción de 4 h. 45 min. sin realizar las pausas reglamentarias. B) No, ya que no se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 15 al 15 de diciembre. C) Sí, ya que había descansado 9 horas más de dos veces en las conducciones de los días anteriores de la semana.
Respuesta correcta: G
A) No, ha efectuado una conducción de 6 h. 45 min. sin realizar las pausas reglamentarias. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 15 al 17 de diciembre y la del 14 es la primera después del descanso semanal. C) No, ya que una parte de la semana la hizo en régimen de conducción en equipo y sería el segundo descanso diario reducido después del descanso semanal.
Por qué (inicio)
El 2 de diciembre acumula 6 horas y 45 minutos de conducción entre las 03:20 y las 11:00, porque ninguna de las tres interrupciones de 20, 15 y 20 minutos vale como pausa: hacen falta 45 minutos…
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Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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