Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C04032: El Sr. Peláez, a la vuelta de sus vacaciones de verano, realizó las siguientes
Enunciado
El Sr. Peláez, a la vuelta de sus vacaciones de verano, realizó las siguientes conducciones diarias: -Sábado, 2 de septiembre: 7 horas. -Domingo, 3 de septiembre: 11 horas. -Lunes, 4 de septiembre: 6 horas. -Martes, 5 de septiembre: 7 horas. -Miércoles, 6 de septiembre: 8 horas. -De jueves 7 a domingo 10 de septiembre: descanso. En la jornada del 5 de octubre efectuó las siguientes actividades: -De 03:20 a 05:15: conducción. -De 05:15 a 05:45: pausa. -De 05:45 a 07:00: conducción. -De 07:00 a 07:15: pausa. -De 07:15 a 09:30: conducción. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Incumplió, entre el 2 y el 10 de septiembre, el Sr. Peláez lo establecido por el Reglamento (CE) 561/06 en relación con los tiempos de conducción y descanso? ¿Cuántas horas más, como máximo, podría llegar a conducir en el período del 4 al 17 de septiembre? ¿Ha incumplido la norma, el Sr. Peláez, en su actividad laboral del día 5 de octubre?
- A A) Sí, el día 3 condujo 11 horas. B) 90 horas. C) Conduce ininterrumpidamente más de 4:30 sin hacer los descansos reglamentarios.
- B A) No, cumplió con lo establecido en la citada norma. B) 90 horas. C) No la ha incumplido.
- C A) No, cumplió con lo establecido en la citada norma. B) 69 horas. C) Conduce ininterrumpidamente más de 4:30 sin hacer los descansos reglamentarios.
- D A) Sí, el día 3 condujo 11 horas. B) 56 horas. C) Conduce ininterrumpidamente más de 4:30 sin hacer los descansos reglamentarios. ✓
- E A) Sí, el día 3 condujo 11 horas. B) 77 horas. C) No la ha incumplido.
- F A) Sí, el día 3 condujo 11 horas. B) 69 horas. C) Conduce ininterrumpidamente más de 4:30 sin hacer los descansos reglamentarios.
- G A) No, cumplió con lo establecido en la citada norma. B) 56 horas. C) No la ha incumplido.
- H A) Sí, el día 3 condujo 11 horas. B) 90 horas. C) No la ha incumplido.
Respuesta correcta: D
A) Sí, el día 3 condujo 11 horas. B) 56 horas. C) Conduce ininterrumpidamente más de 4:30 sin hacer los descansos reglamentarios.
Por qué (inicio)
El día 3 conduce 11 horas, por encima del máximo diario ampliado de 10, y eso es infracción con independencia de que la semana quedara holgada. Para el periodo del 4 al 17 el límite efectivo son 56…
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Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 7
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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