Caso práctico · Gestión Comercial y Financiera
Caso práctico 1E01002: La empresa GARCI S.L., dedicada el transporte de mercancías, para hacer frente al pago de
Enunciado
La empresa GARCI S.L., dedicada el transporte de mercancías, para hacer frente al pago de una deuda de suministro de combustible del mes de octubre, emite una letra de cambio. La letra emitida tiene el siguiente contenido: -Título con la denominación: “LETRA DE CAMBIO”. -Un mandato de pagar DOS MIL QUINIENTOS EUROS. -Designa como librado a Ramón García Sánchez. -Indica que debe hacerse el pago a Serafín Ortiz Gámez. -El pago debe realizarse en el domicilio social de la empresa GARCI S.L. -Fecha en la que se libra la letra. -Firma del emisor de la letra, Enrique López Reina, uno de los administradores de la empresa GARCI S.L. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Tiene el documento emitido los requisitos suficientes para ser considerado Letra de cambio? ¿Qué consecuencias tiene la falta de indicación de una fecha de vencimiento? ¿Qué ocurre si el Sr. Enrique López Reina no tuviera poder suficiente para la firma de la letra de cambio?
- A A) No, falta el lugar de pago. B) Hace que se considere pagadera a la vista. C) Que queda obligado personalmente por la letra de cambio.
- B A) Sí. B) Hace que se considere pagadera a la vista. C) Que queda obligado personalmente por la letra de cambio. ✓
- C A) Sí. B) Debe utilizarse el plazo genérico, por defecto, que es de un año desde la firma. C) Que la letra sería nula.
- D A) No, falta la fecha de vencimiento. B) Debe utilizarse el plazo genérico, por defecto, que es de un año desde la firma. C) Que queda obligado personalmente por la letra de cambio.
- E A) No, falta el lugar de pago. B) Hace que se considere sin efecto hasta que se incorpore un lugar de pago. C) Que queda obligado personalmente por la letra de cambio.
- F A) No. B) Hace que se considere pagadera a la vista. C) Que queda obligado personalmente por la letra de cambio.
- G A) No, falta la fecha de vencimiento. B) Hace que se considere sin efecto hasta que se incorpore una fecha. C) Que queda obligado personalmente por la letra de cambio.
- H A) Sí. B) Hace que se considere pagadera a la vista. C) Que la letra sería nula.
Respuesta correcta: B
A) Sí. B) Hace que se considere pagadera a la vista. C) Que queda obligado personalmente por la letra de cambio.
Por qué
El documento reúne los requisitos de la letra de cambio: lleva la denominación, el mandato de pago de una cantidad determinada, el nombre del librado, el del tomador, el lugar de pago, la fecha de libramiento y la firma del librador. La falta de fecha de vencimiento no la invalida: la letra se considera entonces pagadera a la vista, sin que exista ningún plazo por defecto de un año. Y si quien firmó no tenía poder suficiente, la letra no es nula: quien la firma como representante sin tener poderes queda obligado personalmente al pago.
Normativa: Ley 19/1985, art. 1; Ley 19/1985, art. 2; Ley 19/1985, art. 10
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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